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Sociedad Demanda contra AstraZeneca: las pruebas médicas y la historia clínica que comprometen al expediente
27/07/2026 | 33 visitas
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Los documentos médicos que respaldan la demanda contra AstraZeneca: qué dicen la historia clínica y los informes incorporados a la causa

La Agencia Noticias Argentinas accedió a la documentación médica y administrativa presentada por Flavia Ochoa en la demanda contra AstraZeneca y el Estado nacional. El expediente reúne historias clínicas, estudios neurológicos, certificados médicos, un dictamen de incapacidad y denuncias de efectos adversos que serán analizados durante el proceso judicial.

"Cuando me quise levantar para ir a trabajar no me pude levantar. Me caí peso muerto al costado de la cama. No podía mover los brazos, después no podía mover las piernas".
Con ese recuerdo comienza el relato de Flavia Ochoa, una vecina de Coronel Moldes, Córdoba

La demanda iniciada por Flavia Ochoa contra AstraZeneca y el Estado nacional no se apoya únicamente en su testimonio sobre las secuelas que, según sostiene, sufrió tras recibir una dosis de la vacuna contra el Covid-19. El expediente incorpora una amplia documentación médica y administrativa que constituye la base probatoria del reclamo y que deberá ser evaluada durante el proceso judicial.

La mujer relató a la Agencia Noticias Argentinas que los primeros síntomas aparecieron pocas horas después de la vacunación.

"Empecé a sentir unos calambres muy fuertes, dolores muy intensos. Me acosté y al otro día, cuando me quise levantar para ir a trabajar, no me pude levantar. Me caí peso muerto al costado de la cama. No podía mover brazos, después no podía mover piernas", recordó.

La investigación por presuntas irregularidades en la compra de vacunas contra el Covid-19 durante la pandemia continuó días atrás con la declaración indagatoria de la ex asesora presidencial Cecilia Nicolini, mientras que la situación del empresario farmacéutico Hugo Sigman permanece sin definición y a los buenos oficios en Tribunales de manos amigos para no presentarse.

La Agencia Noticias Argentinas accedió a los principales documentos presentados junto con la demanda, entre ellos historias clínicas, certificados médicos, estudios neurológicos, informes de rehabilitación, constancias de denuncias de eventos supuestamente atribuibles a la vacunación (ESAVI), reportes remitidos a la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y el dictamen de la Comisión Médica que determinó una incapacidad laboral del 75,60%.

La reconstrucción documental comienza el 4 de enero de 2022, cuando, según consta en la demanda, Ochoa recibió una dosis de la vacuna AstraZeneca en un centro de vacunación de Coronel Moldes, Córdoba. La presentación sostiene que esa misma noche comenzaron fuertes dolores musculares y calambres y que al día siguiente perdió progresivamente la movilidad de las piernas, situación que motivó consultas médicas e internación.

Demandó a AstraZeneca tras quedar con una discapacidad del 75,6% | El Digital Neuquen

Flavia Ochoa, una foto que muestra su pasión.

Los primeros certificados incorporados al expediente registran reposo médico y posteriores derivaciones para evaluación neurológica debido a la persistencia del cuadro clínico. Posteriormente fue internada en un sanatorio privado de Río Cuarto, donde se le realizaron estudios de diagnóstico por imágenes, resonancias magnéticas, análisis de laboratorio y una punción lumbar.

De acuerdo con los informes médicos agregados a la causa, tras esos estudios fue diagnosticada con síndrome de Guillain-Barré con cuadriparesia y recibió tratamiento con gammaglobulina, corticoides y un plan de neurorehabilitación intensiva.

Uno de los certificados neurológicos incorporados al expediente describe inicialmente una cuadriparesia flácida con compromiso severo de la movilidad y la necesidad de utilizar silla de ruedas como apoyo para el desplazamiento. Otros informes posteriores registran una evolución parcial, aunque con persistencia de limitaciones funcionales que requirieron la utilización de dispositivos de asistencia para la marcha y sesiones permanentes de rehabilitación.

La propia Ochoa relató a la Agencia Noticias Argentinas que continúa realizando rehabilitación tres veces por semana.

"Hoy sigo con rehabilitación tres veces por semana y puedo caminar con andador. El neurólogo ya me dijo que esa es la secuela que me quedó. Vivo con dolores intensos todo el tiempo, tengo que usar collarín y me canso muchísimo", afirmó.

Entre la documentación también figura el Certificado Único de Discapacidad y las prescripciones médicas para tratamientos de fisioterapia, kinesiología y neurorehabilitación, además de indicaciones farmacológicas para el seguimiento del cuadro clínico.

Documentos: Discapacidad

Otro de los documentos relevantes incorporados por la actora es el dictamen emitido por la Comisión Médica de Río Cuarto en el marco de un trámite previsional, que estableció una incapacidad laboral del 75,60%. Ese porcentaje surge de la valoración conjunta del síndrome neurológico, las limitaciones funcionales descriptas y otras afecciones consideradas durante la evaluación administrativa.

El expediente también incorpora la constancia de la denuncia de un Evento Supuestamente Atribuible a la Vacunación o Inmunización (ESAVI), realizada en el Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentina (SISA), así como un reporte elevado a la ANMAT, documentación que forma parte de los antecedentes administrativos presentados por la demandante.

Antes de iniciar la acción judicial, Ochoa promovió el procedimiento previsto por la Ley 27.573 para solicitar el reconocimiento de una indemnización por presuntos efectos adversos de la vacunación contra el Covid-19. Según surge de la demanda, ese reclamo concluyó con un dictamen que indicó que no había podido establecerse un nexo causal entre la vacuna y el evento denunciado, conclusión que la actora cuestiona en la Justicia.

"Primero hicimos el reclamo administrativo. No obtuvimos ninguna respuesta favorable y entonces decidimos iniciar el juicio. La causa está muy lenta, está media frenada", señaló la mujer en declaraciones a Noticias Argentinas.

La existencia de esa documentación y su incorporación al expediente constituyen hechos objetivos dentro del proceso y la cuestión central que deberá resolver la Justicia será la valoración de esa prueba y de la restante evidencia que produzcan las partes para determinar si corresponde hacer lugar o no al reclamo indemnizatorio promovido por la demandante.

Agencia NA
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saludos desde mar de la plata siempre los escucho
ezequiel :
excelente selección musical
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